Luego de veintinueve años de la sanción de la 22.285 por el ex presidente de facto Jorge Rafael Videla en 1980, pasando por la elaboración y cajoneo de diversos anteproyectos propuestos por el Comité “Federal” de Radiodifusión (COMFER) en los gobiernos de Alfonsín, De la Rúa y por varios proyectos enviados por algunos diputados durante la presidencia de Nestor Kirchner, el Senado de la Nación aprobó en general la nueva Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Durante el debate de dicha normativa, iniciado desde mayo de este año en distintos foros sociales y profesionales previo proceso de lucha por el reconocimiento de los veintiún puntos elaborados la Coalición por una Radiodifusión Democrática desde el 2004, los temas de discusión más polémicos acerca de la nueva reglamentación en materia de radiodifusión no fueron pocos.
Uno de ellos fue el relativo a la autarquía del órgano de control que en un principio se planteó integrado por cinco miembros (tres del Poder ejecutivo Nacional y dos en representación de la segunda y tercera minoría que sería elegida por una Comisión bicameral) y posteriormente se modificó a siete (dos directores nombrados por el Poder Ejecutivo; otros dos por el Consejo Federal, que designará un representante por las provincias y un académico, y otros tres que designará una comisión bicameral del Congreso, que elegirá a un director en representación de la primera minoría parlamentaria, uno por la segunda y otro por la tercera fuerza).
También fue motivo de discusión el artículo que preveía la incorporación de las empresas telefónicas al negocio de la radiodifusión, punto que iba a contramano de la desmonopolización de los medios y que finalmente fue eliminado del anteproyecto.
Otro aspecto controvertido fue la formulación del otorgamiento de diez licencias de radio y televisión (la 22.285 permitía hasta cuatro antes del decreto 1.005 sancionado durante la segunda presidencia de Carlos Menem que extendió dicha cifra a veinticuatro), módulo resueltamente aprobado.
Una importante medida que aún no se ha derogado es el decreto de "necesidad y urgencia" 527/05 sancionado por el gobierno de Kirchner que suspende el cómputo del vencimiento de las licencias por diez beneficiando a los vitalicios multimedios.
El conocimiento de las propuestas de dicha ley (más allá de la confrontación gobierno vs. Grupo Clarín, democracia vs. dictadura y de la plaga de discursos maniqueos difundidos por los medios implicados en dicha cuestión); el contraste de la misma con legislaciones de otros países que pasaron por experiencias similares; el encuadre del debate específicamente en la coyuntura nacional contemporánea y la participación en las discusiones referidas a dicha temática es fundamental para llenar de sentido la mencionada reformulación jurídica. La sanción de un decreto-ley no es más que un marco legal que avala hechos que se vienen dando o no, por eso es tan importante enmarcar históricamente a dicha medida. Su legitimidad pasará menos por la amplia mayoría con la que efectivamente fue aprobado el proyecto (44 votos a favor y 24 en contra) y más por la participación social movilizada en torno al asunto socialmente refrendado.
Uno de ellos fue el relativo a la autarquía del órgano de control que en un principio se planteó integrado por cinco miembros (tres del Poder ejecutivo Nacional y dos en representación de la segunda y tercera minoría que sería elegida por una Comisión bicameral) y posteriormente se modificó a siete (dos directores nombrados por el Poder Ejecutivo; otros dos por el Consejo Federal, que designará un representante por las provincias y un académico, y otros tres que designará una comisión bicameral del Congreso, que elegirá a un director en representación de la primera minoría parlamentaria, uno por la segunda y otro por la tercera fuerza).
También fue motivo de discusión el artículo que preveía la incorporación de las empresas telefónicas al negocio de la radiodifusión, punto que iba a contramano de la desmonopolización de los medios y que finalmente fue eliminado del anteproyecto.
Otro aspecto controvertido fue la formulación del otorgamiento de diez licencias de radio y televisión (la 22.285 permitía hasta cuatro antes del decreto 1.005 sancionado durante la segunda presidencia de Carlos Menem que extendió dicha cifra a veinticuatro), módulo resueltamente aprobado.
Una importante medida que aún no se ha derogado es el decreto de "necesidad y urgencia" 527/05 sancionado por el gobierno de Kirchner que suspende el cómputo del vencimiento de las licencias por diez beneficiando a los vitalicios multimedios.
El conocimiento de las propuestas de dicha ley (más allá de la confrontación gobierno vs. Grupo Clarín, democracia vs. dictadura y de la plaga de discursos maniqueos difundidos por los medios implicados en dicha cuestión); el contraste de la misma con legislaciones de otros países que pasaron por experiencias similares; el encuadre del debate específicamente en la coyuntura nacional contemporánea y la participación en las discusiones referidas a dicha temática es fundamental para llenar de sentido la mencionada reformulación jurídica. La sanción de un decreto-ley no es más que un marco legal que avala hechos que se vienen dando o no, por eso es tan importante enmarcar históricamente a dicha medida. Su legitimidad pasará menos por la amplia mayoría con la que efectivamente fue aprobado el proyecto (44 votos a favor y 24 en contra) y más por la participación social movilizada en torno al asunto socialmente refrendado.
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